sábado, 5 de mayo de 2007

Mancomunidad

Los habitantes de los municipios que nos rodean se tienen que desplazar a Trujillo para asuntos necesarios por obligación como la asistencia al centro de Salud, a los Institutos y Colegios y al Juzgado, así como a otras oficinas administrativas, en ese sentido los ciudadanos y ciudadanas de esos municipios tienen que realizar más gastos por desplazamientos, por eso planteamos la siguiente modificación al Artículo 45 de los estatutos:
Las aportaciones de cada municipio serán proporcionales al número de sus habitantes, corregida esta variable restando un 5 % de ese número por la carencia de Centro de Salud, un 5 % por la carencia de Instituto, un 5 % por la carencia de Juzgado y un 5 % por la carencia de oficinas administrativas comarcales.

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